X años nació en el 1999, cuando tomaba una ducha para ir al trabajo en San Pablo. En ese momento escuché por la radio que una encuesta realizada el 6 de agosto en las calles de Hiroshima, había obtenido como resultado que un porcentaje abrumadoramente alto de jóvenes de esa ciudad no sabían que aniversario se recordaba ese día. Esto me golpeó muy duro. Algo debemos hacer para combatir el olvido, la desmemoria, me dije. Y pensé en un ciclo por Internet, que recordara a las personas hechos que a mi criterio no debían ser olvidados. Hitos fundamentales de nuestra historia como especie cuyo extravío en la memoria me resulta, a mí al menos, inadmisible. Por eso el ciclo nació un 6 de agosto y con un poema de Vinicius de Moraes sobre la bomba atómica que explotó en Hiroshima.

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16 de octubre – 53 años este día

Terminada la Segunda Guerra Mundial, el 8 de agosto de 1945 los Aliados (Estados Unidos, Unión Soviética, Reino Unido y Francia) decidieron en una reunión en Londres, enjuiciar a los más importantes criminales de guerra nazis. Este acuerdo, conocido como London Agreement, fue luego ratificado por las otras 19 naciones aliadas. Este famoso juicio tuvo lugar en la ciudad alemana de Nuremberg (o Nurnberg). Los crímenes de los que se los acusó fueron:
a) Crímenes contra la paz (planear y llevar adelante una guerra violando tratados internacionales)
b) Crímenes contra la humanidad (deportaciones y genocidios)
c) Crímenes de guerra (violación de las leyes de la guerra)
d) Asociación para delinquir, o sea, organizarse para cometer los tres crímenes mencionados más arriba
Hay detalles jurídicos que no deben pasarse por arriba ligeramente. Los tres primeros crímenes son individuales, o sea, cada persona era pasible de ser declarada culpable. El cuarto es colectivo u organizacional, o sea, culpables podían ser las SS, el partido Nacional Socialista, etc., pero no los individuos. Luego, si la organización a que un individuo pertenecía era hallada culpable, el miembro de esa organización podía, en una segunda etapa, ser acusado de integrar una organización ilegal.
Lo que muchos puristas del derecho la han criticado siempre al juicio de Nuremberg, es que violó el sacrosanto principio jurídico de que una persona no puede ser declarada culpable de un hecho que no era ilegal cuando lo cometió. Y el genocidio no estaba reglamentado en derecho alguno, y menos en el aún incipiente o inexistente derecho internacional, como crimen. Lo mismo puede decirse de la asociación para delinquir, si el Partido Nacional Socialista era declarado ilegal en el juicio de Nuremberg, no lo había sido en el momento en que esos jerarcas lo integraron. Es claro pues que ese principio fue violado. Pero la circunstancia era excepcional y no parecía razonable que ese conjunto de asesinos saliera libre por una formalidad jurídica. Pero el asunto es aún hoy tema de debate en toda reunión de abogados en la que sale el tema.
El juicio fue presidido alternativamente por jueces de los cuatro países vencedores. Comenzó el 18 de octubre (del 45). Había 24 personas enjuiciadas y un gran número de organizaciones (las SA, las SS, la Gestapo, etc.). Se dictó veredicto el 1 de octubre de 1946 para 22 de los acusados (uno se suicidó y el otro estaba mentalmente enfermo y se lo eximió del juicio). Tres fueron declarados inocentes, cuatro recibieron penas que iban de los diez a los veinte años de cárcel, tres fueron condenados a cadena perpetua y doce fueron condenados a muerte por ahorcamiento. De estos últimos Martin Bormann y Hermann Goering se suicidaron antes de ser ejecutados. Los otros 10 fueron colgados el 16 de octubre de 1946, fecha que en este mail recordamos.
Los condenados a penas de reclusión fueron trasladados a la prisión de Spandau, creada en las afueras de Berlín con el sólo propósito de acoger a estos huéspedes VIP. La cárcel cerró definitivamente en 1987, cuando falleció Rudolf Hess, que desde 1966 era el único ocupante del establecimiento carcelario más caro del mundo.